Alcalde de Maxcanú violó derechos políticos de comisaria; Tribunal Electoral le da la razón



En su sesión pública más reciente, el Pleno del Tribunal Electoral del Estado de Yucatán (TEEY) resolvió tres asuntos relevantes, destacando el juicio en el que se acreditó la violación de los derechos político-electorales de una comisaria municipal en Maxcanú.
En el expediente JDC-043/2025, promovido por Eneida Noemí López Escamilla en contra del presidente municipal, el tesorero y el Cabildo del Ayuntamiento de Maxcanú, el TEEY determinó que se le removió de manera ilegal y arbitraria del cargo de Comisaria Municipal, sin que se le garantizara un procedimiento adecuado ni derecho de defensa. Además, durante su ejercicio, no se le pagó el salario mínimo correspondiente, vulnerando así sus derechos laborales y políticos.
Como resultado, el Tribunal ordenó:
- La restitución inmediata de López Escamilla en su cargo con todos sus derechos y atribuciones.
- El pago retroactivo de los salarios caídos conforme al salario mínimo vigente.
- La nulidad de la sesión de Cabildo en la que se aprobó su remoción.
- La anulación de la convocatoria a nueva elección.
- Un exhorto al Ayuntamiento de Maxcanú para actuar conforme a la legalidad en el futuro.
Este caso sienta un precedente sobre el respeto al debido proceso y la garantía de los derechos político-electorales de quienes ejercen cargos en representación comunitaria.
Otras resoluciones del Pleno:
El Tribunal también resolvió los Procedimientos Especiales Sancionadores PES-001/2025 y PES-002/2025, relacionados con irregularidades durante el Proceso Electoral Extraordinario 2025, convocado para elegir integrantes del Poder Judicial del Estado de Yucatán.
En el PES-001/2025, la Magistrada Graciela Alejandra Torres Garma, entonces candidata a la Primera Magistratura, fue sancionada por utilizar recursos públicos y espacios institucionales para promoverse en redes sociales, lo cual constituye una infracción electoral.
En el PES-002/2025, el Magistrado Mario Israel Correa Ríos, aspirante a la Novena Magistratura, incurrió en actos similares que fueron considerados como promoción personalizada con fines electorales.
En ambos casos, el TEEY impuso una amonestación pública, calificando las conductas como faltas leves no reiteradas, y ordenó informar a la Contraloría Interna del Tribunal Superior de Justicia para que actúe conforme a sus facultades.
Estas decisiones reflejan el compromiso del TEEY con la legalidad, imparcialidad y equidad en los procesos electorales y de gobierno, tanto a nivel municipal como en el Poder Judicial del Estado.



